REFORMA CÓDIGO DE ÉTICA DEL PERIODISTA VENEZOLANO
La reforma al Código de Ética del Periodista Venezolano aprobada por la plenaria de la XV Convención Nacional de Periodistas ya se encuentra disponible en el portal webwww.cnpven.org en la sección Leyes y Reglamentos. Según Néstor Garrido, actual secretario de Mejoramiento Profesional y Cultura, y propulsor de esta reforma, la reforma obedece a la adecuación de la ética del periodista venezolano a los tiempos tras la innovación tecnológica, así como como la adaptación de este instrumento deontológico a los términos de la Constitución de 1999 y a la realidad del país. A dicha herramienta legal le fueron agregados los artículos 19, 29 y 32, así como tres parágrafos que permiten definir los términos información veraz, oportuna e imparcial contemplados en su artículo 6. Estos parágrafos agregados al texto del artículo 6 expresan textualmente: Parágrafo uno: Se entiende por información veraz aquella que se elabora a partir de la comprobación y verificación de la información con fuentes idóneas; y que se concibe y procesa de acuerdo con el apego estricto a la verdad obtenida por el periodista, sin una intención consciente ni maliciosa de tergiversar los hechos. Parágrafo dos: Se entiende por información oportuna aquella que se difunde en el momento en que se conocen los hechos, siempre y cuando ello no atente contra las restricciones legítimas de la libertad de expresión en cuanto a la seguridad del Estado, la salud pública y el orden público, o no entorpezca las investigaciones policiales de delitos tipificados, ni viole las reservas procesales. Parágrafo tres: Se entiende por información imparcial aquella que muestra el hecho completo y que no omite deliberadamente partes que pueden hacer que este se comprenda de manera distorsionada. Así como también aquella que presente las diferentes versiones que existen de la información. Según informa Garrido, se simplificó la redacción del artículo 17 que ahora dice: “El periodista debe luchar por un ambiente comunicacional sano, en el sentido de procurar y promover el equilibrio de los mensajes que se emiten a la opinión pública” Por su parte, el artículo 19 aparece de forma inédita en la nueva versión. El mismo estipula que “el periodista respetará los acuerdos previos con la fuente en relación a la hora y fecha de publicación de información adelantada”, lo que representa la inclusión del embargo noticioso cuando una fuente exija la publicación de una información después de transcurrido cierto lapso. En la mesa donde se discutió la reforma del Código de Ética del Periodista Venezolano participaron figuras académicas como las profesoras Gloria Cuenca y Margarita Sánchez, así como delegados de todo el país como Pilar Guerra, Osmarly Zorrilla, Richard Sayago, María Torres, el constitucionalista Antonio di Giampaolo, Thayz Jaimes, Perla Salazar, Julio Rodríguez, Danilo Martínez, Ginnette Araujo, Leonel Hernández, Álvaro, Nanette Andrade, Magaly Ramírez y José Mata, entre otros. El artículo 32, referido a los cargos en el seno del Colegio Nacional de Periodistas dice textualmente que: “El periodista que haya sido electo para un cargo de representación gremial tiene la obligación moral de asumir las funciones para las cuales fue elegido y cumplirlas responsablemente en el lapso estipulado por la Ley”, con lo que se sienta un precedente importante sobre la responsabilidad de los representantes del gremio. También se encuentran otras modificaciones en la estructura del texto, como la inclusión del artículo 34 en el capítulo “El periodista con la empresa” (anteriormente artículo 24 del mismo CEPV), lo que implicó una nueva enumeración de los artículos. La reforma al texto del Código de Ética del Periodista Venezolano realizada en la XV Convención Nacional de Periodistas, los pasados 26 y 27 de enero de 2013, se aprobó por mayoría de la Plenaria el día 27 de enero de 2013.